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Integral de Comercio - Equipos Electrónicos

Se cubren contra Todo Riesgo los equipos fijos de oficina, comunicación, climatización, seguridad, cajas registradoras, equipos fiscales, instrumental médico y de laboratorio.

Quedan asegurados los Equipos Electrónicos que estén listos para operar, mientras se encuentren en el predio del Asegurado, declarados en póliza indicados en el ítem Ubicación del Riesgo, instalados y en uso adecuado.

La protección de este seguro continúa si los equipos asegurados son movidos o transportados dentro del predio del Asegurado.

Se cubre el bien objeto del seguro, si es dañado o destruido por un evento imprevisto cuya causa no esté excluida de póliza, de modo que afecte a su capacidad de funcionamiento. Se amparan los Equipos Electrónicos contra los riesgos de Robo, Incendio, Explosiones de todo tipo, Implosión, Impacto Directo de Rayo, Caída de Aeronaves Tripuladas y no Tripuladas, así como la extinción, demolición, evacuación o desaparición durante estos eventos, Daños por Accidentes súbitos e imprevistos y causados por Agente Externo, Daños producidos factor humano, como ser el manejo inadecuado o impericia. Fenómenos de naturaleza, tormentas, vientos o granizo.

El Asegurador Amplía la cobertura otorgada, amparando los equipos por cualquier daño que pueda ocasionarse como consecuencia de fallas en el suministro de la energía eléctrica de la red pública.

La medida de la prestación es a Primer Riesgo Absoluto con una suma asegurada máxima de $ 500.000.

Franquicia, el Asegurado participará en todo y cada siniestro que afecte a la cobertura otorgada con un 10% de la indemnización con un mínimo de $2.500

Equipos Electrónicos Móviles, de Medición y/o de Comunicación.

Se cubren este tipo de equipos en todo el territorio de la República Argentina y los Países limítrofes (se excluye de esta cobertura a los teléfonos celulares).

La medida de la prestación es a Primer riesgo Absoluto con una suma asegurada máxima de $ 500.000.

Franquicia, el Asegurado participará en todo y cada siniestro que afecte a la cobertura otorgada con un 10% de la indemnización con un mínimo de $2.500 cuando el siniestro se produzca en el lugar de guarda.

Cuando el siniestro se produzca fuera del lugar de guarda la franquicia será del 15% de la suma asegurada (valor del equipo).

0-810-333-3838

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